La entrada en vigor de la ley de impulso de la factura electrónica y creación del registro contable de las facturas en el Sector Público (Ley 25/2013 de 27 de diciembre) hace necesario una revisión de formas de trabajo y sistemas utilizados en este ámbito. Si bien la obligatoriedad del uso generalizado de la factura electrónica tiene un periodo de adecuación e implantación hasta el 15 de Enero del 2015, el Registro Contable de Facturas es ya de obligado cumplimiento.

A través de esta ley se crean los instrumentos clave para el control riguroso de las facturas recibidas por las Administraciones, a efectos de lograr una mayor confianza en las cuentas públicas y de mejorar el control de la morosidad en las Administraciones públicas.

La Intervención General de la Administración del Estado ha publicado un estudio completo de la forma de adaptarse a esta ley en la siguiente dirección web:

http://www.igae.pap.minhap.gob.es/sitios/igae/es-ES/rcf/Paginas/rcf.aspx

Con la publicación de esta ley se está avanzando hacia la fiscalización electrónica, lo que implica que no sólo se admite la factura electrónica, si no que se camina hacia el documento electrónico y el uso generalizado de la firma electrónica.

La implantación de la firma electrónica sería el engranaje sobre el que apoyaría la fiscalización de todo el circuito de aprobación y pago de las facturas.

T-Systems ya permite trabajar desde hace tiempo en sus aplicaciones de contabilidad, tanto Gema como SICAP, con circuitos de tramitación basados en firma electrónica y procesando facturas electrónicas asegurando la fiscalización electrónica.

En el planteamiento del flujo de las facturas en el Registro Contable de Facturas surgen tres piezas a tener disponibles:

  • Un punto general de entrada de facturas electrónicas
  • Un registro administrativo de facturas
  • Un registro contable de facturas

Flujo de facturas

Flujo de facturas

    Punto General de Entrada de Facturas Electrónicas

    Las administraciones públicas están obligadas a disponer de un punto general de entrada de facturas electrónicas, éste puede ser de la comunidad autónoma, de la administración central o uno propio.

    En estos momentos T-Systems dispone del enlace con el punto general de entrada de factura electrónica de la administración central FACe y de alguna comunidad autónoma.

    Además, si se prefiere disponer de un punto de entrada integrado en la sede electrónica propia, T-Systems ya ha desarrollado el Registro Electrónico de Factura Electrónica para el envío de facturas y el Portal del Proveedor para el seguimiento del estado de las mismas, que podrá ser configurado como Punto General de Entrada de Facturas para cualquier entidad.

    Registro Administrativo de Facturas

    Toda factura que entre en la entidad ha de ser registrada en el registro oficial de entrada, bien sea una factura entregada en papel o una factura electrónica que ha entrado por el Punto General de Entrada de Facturas.

    Dentro de los productos TAO 2.0 disponemos de la aplicación Registr@ que opera como Registro de entrada con un modelo de datos particulares especialmente dedicado a facturas.

    Esta aplicación además está integrada con las aplicaciones de contabilidad (SICAP y Gema) para el intercambio automático de facturas.

    Registro Contable de Facturas

    Tanto dentro de Gema como de SICAP existe el módulo de registro y control de facturas que ejerce la función de registro contable, donde se puede hacer el seguimiento y control de todas las facturas, así como la derivación al área que corresponde, aprobación, rechazo, contabilización y en definitiva toda la operativa necesaria en el Registro Contable de Facturas.

    Si todavía no dispone de las soluciones y propuestas de TAO sobre este modelo de gestión del registro contable de facturas, no dude en ponerse en contacto con nuestros comerciales de zona o llame a nuestro servicio de atención al cliente: 902 12 05 64